REGLAMENTO
El objeto de este Reglamento es promover la convivencia
armoniosa de la comunidad de formación EVE de sus estudiantes,
catedráticos y personal administrativo mediante el establecimiento de pautas a
observar durante el período de trabajo.
POLITICAS
Como base para establecer
las normas académicas contenidas en el presente documento, se enuncian a
continuación las premisas básicas que rigen el proceso educativo de EVE Museos.
1.
La comunidad académica tiene el compromiso de mantener altos estándares de
calidad y honestidad en su trabajo y en el trabajo con miembros de otras
comunidades académicas.
2.
Los profesores reconocen la responsabilidad de promover entre sus alumnos una
actuación con altos estándares de honestidad académica.
3.
Los directivos de la Institución dan completo apoyo a los catedráticos que
reportan un acto de deshonestidad académica, confiando en que el reporte se
hace luego de un análisis objetivo, apegado a los principios de justicia y verdad.
4.
La evaluación es parte fundamental del proceso de enseñanza / aprendizaje,
sirviendo para la integración de los conocimientos adquiridos en cada curso.
5. Todos los procesos de
evaluación están diseñados para asegurar en cada curso un proceso de enseñanza
/ aprendizaje exitoso manteniendo el rigor académico de EVE Museos. De esta
forma el catedrático responsable del curso tiene la decisión final en cuanto a
la calificación obtenida por cada alumno.
6. EVE Museos reconoce y promueve en
sus programas a los alumnos con alto desempeño y recursos insuficientes un
programa de brecas académicas en períodos determinados por el consejo académico
de EVE.
7. El contenido digital publicado y
resguardado en cada uno de los cursos es propiedad de EVE, y esta prohibida su
reproducción total o parcial para cualquier fin.
8. Los recursos digitales que resulten
del trabajo colaborativo e investigación de la comunidad EVE serán disponibles
en acceso abierto una vez que fueron revisados por el cuerpo académico EVE.
SANCIONES:
1.
Las sanciones previstas en este Reglamento
serán aplicadas a los estudiantes,
hombres o mujeres, de
cualquier programa de formación que
cometan
faltas académicas y/o
que perjudiquen o atenten directa o indirectamente a miembros de la comunidad, la
convivencia y el funcionamiento de la misma, ya sea utilizando medios virtuales
o informáticos, cuando los/as estudiantes realicen actividades vinculadas con
la institución .
2.
Se refiere a faltas
ocurridas en actividades académicas presenciales o virtuales, administrativas,
de proyección social, culturales, de servicios, entre otras, en las cuales
el/la estudiante participe.
3.
El desconocimiento de
las normas de este Reglamento no excusa la conducta de
un/a estudiante, dada la
divulgación del contenido de sus normas
a toda la
comunidad por los medios de comunicación institucional.
4.
Los hechos sujetos a sanción serán
investigados por las instancias respectivas, las
cuales escucharán a las
partes implicadas; si los/as estudiantes fueren responsables de los
hechos mencionadas, se
les impondrán las sanciones correspondientes.
5.
Toda decisión adoptada por las autoridades
competentes deberá ser justificada. En
el análisis de las pruebas,
de las argumentaciones y las decisiones, se procederá de acuerdo con la lógica,
la experiencia y el sentido común.
6.
Todo lo no previsto en este Reglamento será
resuelto de conformidad con los
Estatutos, sus
reglamentos y demás normativa aplicable, respetando
siempre los principios y garantías de toda persona.
7. Las sanciones disciplinarias se aplicarán en
correspondencia con la gravedad,
intencionalidad y circunstancias de la
falta cometida.
8. Las autoridades académicas fijarán, cuando proceda,
la sanción disciplinaria que deba imponerse, y razonarán en su resolución los
motivos que justifican tal medida.
9. Las faltas
graves serán sancionadas con amonestación escrita y alguna de las
medidas siguientes:
c) pago de multas e indemnizaciones o reparaciones
por daños ocasionados.
El Centro de Servicio Social velará por el
cumplimiento satisfactorio del servicio no
remunerado que se haya
asignado, e informará al Decanato correspondiente por escrito.
10 Las faltas
muy graves serán sancionadas con amonestación escrita y alguna de las
siguientes medidas:
d) Suspensión temporal de la matrícula. La
suspensión de la matrícula implica la
imposibilidad de continuar inscrito el período que
dura la sanción.
e) Expulsión de la institución. Tomando en consideración que una vez se
apruebe la expulsión NO habrá reembolsos económicos.
En caso de incumplimiento total o parcial del pago
correspondiente al curso que el alumno lleve también aplica suspensión temporal
o expulsión según decida el consejo académico.
Una vez tomada la decisión de expulsión NO HABRA
RETRIBUCION MONETARIA.
11. En caso de
plagio, copia o fraude en una evaluación, la sanción a aplicar será la
amonestación escrita, la cual se incluirá en el expediente
académico del / de la estudiante y, como consecuencia de la falta, la
evaluación ilícitamente realizada por el estudiante será invalidada. En caso de
reincidencia, en cualquier estado o grado de la carrera que curse, la sanción a
aplicar será la suspensión temporal o expulsión
12. La suspensión
temporal y la expulsión de la Universidad quedarán consignadas en
el expediente del /de la
estudiante para conocimiento de las diferentes unidades de EVE Museos.
FALTAS
1.
Las faltas se clasifican en graves y muy
graves.
1.1 Son faltas
graves:
a) Promover o ejecutar actos que causen
desorden y obstaculicen o impidan el
desarrollo de las actividades
académicas, administrativas, de servicio social, de
proyección social, culturales,
deportivas o de servicio.
b) Dañar o perjudicar, por negligencia,
el material didáctico o bibliográfico, los
equipos de trabajo o estudio, la
infraestructura o cualquier bien de la institución o
de cualquier persona u organización
autorizada por EVE para desarrollar actividades de formación.
c) Desatender las instrucciones del
personal encargado del normal funcionamiento de la plataforma EVE y de las
actividades administrativas.
d) Interferir en el desarrollo de la
cátedra de formación y obstaculizar la libertad de
expresión de personal docente o de
estudiantes.
e) Hacer propaganda política partidista
f) Solicitar, recibir o proporcionar
información no autorizada, para resolver un examen
o evaluación; introducir documentos, materiales
o información no autorizada
durante la realización de un examen o
una evaluación académica.
g) Cometer dos faltas menos graves de
forma reiterada.
1.2 Son faltas muy graves:
a) Arrogarse atribuciones en nombre de EVE
Museos, reemplazando a sus
autoridades, funcionarios o personal
universitario, ya sea directamente o a través de cualquier medio de
comunicación.
b) Disponer de los bienes
institucionales para beneficio personal o fines ajenos a la institución.
c) Hurtar, robar, apropiarse o retener
los bienes institucionales o de cualquier miembro de la comunidad de EVE u
otras conductas perjudiciales para el patrimonio de los mismos.
d) Dañar de forma intencional el
material didáctico o bibliográfico, los equipos de
trabajo o estudio y cualquier bien de la
Universidad o de cualquier persona u
organización, autorizada para
desarrollar actividades formativas.
e) Atentar dolosamente contra el orden
jurídico de la institución.
f) Alterar o falsificar documentos
oficiales de la institución.
g) Proporcionar, de forma deliberada,
documentos o información falsa o incompleta para justificar actividades o
trámites académicos y administrativos.
h) Dañar, destruir o modificar, sin la
debida autorización, los bancos de datos, los
programas, las redes o cualquier
registro electrónico o físico de la institución o de
su personal.
i) Injuriar o irrespetar, de forma
verbal o escrita, a cualquier miembro de la
comunidad, visitantes, proveedores y
personas externas cuando
realizan actividades relacionadas con EVE
Museos.
j) Atentar contra la dignidad de las
personas y realizar cualquier acto de
discriminación.
k) Incitar a realizar actos que vulneren
los derechos de otras personas, por razones académicas, políticas, religiosas, étnicas
o de cualquier otra índole.
l) Ofrecer dádivas o presionar bajo
amenaza para votar por una determinada
candidatura, o interferir en el buen
desarrollo de los procesos formativos.
m) Cometer fraude en las evaluaciones al
alterar el nombre, la nota, las respuestas o el contenido de exámenes o
evaluaciones para reclamar una calificación mayor, en el proceso de revisión.
n) Cometer plagio o citar sin
identificar la fuente, en evaluaciones, informes, ensayos, trabajos, proyectos o
tesis.
RECURSOS DE APELACIÓN
1.
Las sanciones de amonestación escrita, que
hayan sido impuestas por los/as docentes, en relación a faltas graves
detalladas anteriormente en este
Reglamento, admitirán
recurso de apelación ante el Consejo de Administración Académica, a través de
correo electrónico info@evemuseos.com .
2.
Las resoluciones que impongan sanciones por
faltas graves y muy graves, admitirán recurso de apelación ante el Consejo de
Administración Académica, cuya resolución será definitiva.
3.
El /la estudiante debe interponer el recurso
de apelación por escrito ante la autoridad competente. La interposición del
recurso deberá efectuarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
última notificación y expondrá las razones del mismo.
4.
El Consejo de
Administración Académica, tendrán diez días hábiles para resolver el recurso de
apelación, a partir de la fecha en que este fue presentado y admitido. Las
resoluciones a los recursos de apelación serán comunicadas por escrito al
estudiante (hombre o mujer) y la resolución será definitiva.
DISPOSICIONES GENERALES
1.
Todos los miembros de la comunidad
universitaria deben colaborar con las instancias señaladas en este Reglamento,
en la investigación de la falta cometida y suministrar la información que
conozcan al respecto.
2.
Si el estudiante es sancionado, el catedrático
comunicará por escrito al Registro Académico el nombre del estudiante, la falta
cometida y la sanción
impuesta para que esta
sea ejecutada e incluida en su expediente.
3.
En caso de cambios en la sanción debido a
recursos de apelación, la instancia correspondiente deberá notificar a Registro
Académico con copia al catedrático o a las instancias anteriores.
Para la comunidad de EVE Museos e
Innovación, y en especial para EVE Formación la convivencia armoniosa entre
alumnos, catedreaticos, personal administrativo y en general todos aquellos que
formemos parte de esta institución ya sea de forma directa o indirecta es una
prioridad, ya que será la base de relaciones que impulsen el crecimiento
personal y profesional de cada uno de sus miembros. Por ello pedimos y
agradecemos la observación puntal de cada uno de los incisios descritos
anteriormente, aplicando a cada uno de los que integramos esta comunidad de
aprendizaje.